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Preguntas Frecuentes

Obras por Impuestos

1. ¿Qué entidades pueden ejecutar Obras por Impuestos?

Todas las entidades públicas del Gobierno Nacional pueden ejecutar proyectos de inversión en sectores como salud, educación, turismo y seguridad, siempre que estén alineados con el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).

La entidad debe identificar y priorizar proyectos de interés alineados con políticas de desarrollo, obtener la viabilidad del proyecto según el SNIP, y verificar la capacidad presupuestal ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). De ser favorable, se emite una Resolución Ministerial para su ejecución.

Es la evaluación de la viabilidad financiera de la entidad para ejecutar proyectos priorizados, considerando la disponibilidad presupuestal a corto y largo plazo, de acuerdo con las leyes de presupuesto público y responsabilidad fiscal.

Sí, la lista puede actualizarse en el transcurso del año, siempre que se realice la consulta de capacidad presupuestal correspondiente.

Sí, puede delegar funciones mediante resolución, excepto la aprobación de la lista de proyectos, la designación de PROINVERSIÓN para el proceso, y la resolución de apelaciones, entre otros aspectos clave.

No. Pueden proponer proyectos mediante carta de intención dirigida al titular de la entidad, detallando el proyecto y justificando su prioridad. La entidad evaluará la propuesta según su capacidad presupuestal y políticas sectoriales.

El proyecto puede ser rechazado si no cumple con las políticas sectoriales, si está sobredimensionado, o si beneficia únicamente a la empresa que lo propone.

No se aceptan proyectos ya en formulación, viables, priorizados o en ejecución bajo cualquier modalidad legal vigente.

Ambos certificados reconocen la inversión privada y comparten características como su emisión por el MEF y su vigencia de 10 años. Sin embargo, el financiamiento varía según el nivel de gobierno: el Gobierno Nacional se financia con Recursos Ordinarios, mientras que los Gobiernos Regionales y Locales, y universidades públicas se financian con recursos específicos como Canon y Regalías.

PROINVERSIÓN

1. ¿Qué es PROINVERSIÓN?

PROINVERSIÓN es un organismo adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la inversión privada en servicios y obras públicas a través de Asociaciones Público-Privadas y Obras por Impuestos. Además, ofrece información y orientación a inversionistas y apoya a gobiernos subnacionales en proyectos de infraestructura.

Su órgano máximo es el Consejo Directivo, conformado por 5 ministros de Estado, que aprueba las políticas generales y dirige los procesos de promoción de inversiones. Cuenta con Comités Especiales para áreas clave como Transportes, Social+, Minería y Energía, y Agua, además de una Dirección Ejecutiva que coordina la implementación de acuerdos.

PROINVERSIÓN impulsa la inversión en obras públicas, facilita información a inversionistas nacionales e internacionales, y fomenta inversiones en infraestructura local y regional, a través de sus Direcciones de Promoción de Inversiones, Servicios al Inversionista e Inversiones Descentralizadas.

El Director Ejecutivo actúa como representante legal y es responsable de la administración y coordinación general de la entidad.

Sí, tiene una sede central en Lima y oficinas de coordinación en Piura y Arequipa, además de personal en las Oficinas CONECTA MEF en Pasco y Huaraz.

A nivel internacional, se puede contactar a PROINVERSIÓN a través de oficinas comerciales y misiones diplomáticas del Perú, además de por teléfono y correo electrónico.

PROINVERSIÓN sigue la política de transparencia del Estado, permitiendo el acceso a la información no clasificada, con un plazo de atención de siete días hábiles. Si no se atiende, se pueden presentar recursos de apelación, acciones contencioso-administrativas o de Hábeas Data para reclamar el derecho a la información.

Ley 29230

1. ¿Cuál es el objetivo principal de la Ley 29230?

La ley busca fomentar la inversión privada en infraestructura pública mediante el uso de certificados de inversión que las empresas pueden utilizar para el pago de impuestos, impulsando así el desarrollo local y regional.

Pueden participar gobiernos regionales, locales y el Gobierno Nacional, que trabajan en coordinación con empresas privadas domiciliadas en el Perú para desarrollar proyectos de interés público.

La ley prioriza proyectos en áreas críticas como salud, educación, saneamiento, transporte y seguridad, siempre que sean considerados de interés público.

Las empresas pueden deducir el monto invertido en la obra de su Impuesto a la Renta, reduciendo así su carga fiscal y, al mismo tiempo, obteniendo beneficios reputacionales.

Los proyectos pasan por un proceso de identificación, priorización y aprobación, en el cual las entidades deben seguir criterios claros establecidos en el reglamento de la ley, y que son supervisados por el MEF y otros órganos reguladores.